13 diciembre, 2017. Destacadas, Gacetillas.

Ya entró en vigencia la modificación del código de faltas para que no vayan presos los usuarios de colectivos que no puedan demostrar el pago de su boleto



La modificación al Código de Faltas para evitar que vayan presos los usuarios del transporte colectivo de pasajeros que no puedan demostrar que pagaron su viaje fue promulgada ayer como la nueva ley provincial Nº9.026, luego de que resultara sancionada por la Legislatura el 29 de noviembre. Fue a instancias de un proyecto presentado por el senador provincial Gustavo Arenas (PJ) para eliminar la sanción que regía anteriormente, el arresto de hasta 30 días, ordenado por un código que data de 1965.

Con esta promulgación se pone fin a una ardua polémica que tuvo su punto culminante cuando tomó estado público el caso de una trabajadora doméstica –Patricia Stibel, de 33 años– que en agosto estuvo detenida siete horas en la Comisaría 36ª, de Las Heras, porque quien le había pagado su pasaje de colectivo se había bajado antes que ella de la unidad de transporte y no tenía cómo comprobar que su viaje estaba debidamente cancelado.

En este sentido, la edición de ayer del Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza aclara que “el artículo 111 de la Ley Nº3.365 Código de Faltas quedará redactado de la siguiente forma: ‘Artículo 111) Será sancionado con una multa equivalente a veinte veces el valor del servicio no abonado, y en caso de reincidencia se duplicará cada vez la sanción, el que se hiciera alojar en hoteles o posadas, el que se hiciera servir alimentos o bebidas en restaurantes, bares o cafés, o se hiciera atender en peluquerías o establecimientos análogos, con el propósito de no pagar o sabiendo que no podrá hacerlo; el que en la misma situación o con el mismo propósito se sirviera de un vehículo colectivo, coche o automóvil de alquiler y el que se aprovechara de un teléfono o de cualquier aparato automático, haciéndolo funcionar con monedas falsas o con otros objetos distintos del que debidamente corresponda’”.

Esta situación se da habitualmente y el usuario que la padece queda indefenso ante ella porque las máquinas validadoras instaladas en las unidades ya no entregan tickets a cambio de cancelar el viaje, lo que le impide contar con el boleto correspondiente cuando se registra un pago múltiple.

Y generalmente la sufren trabajadores o estudiantes que no siempre tienen posibilidades de recargar su tarjeta Red Bus porque faltan bocas de expendio o estas se concentran solo en algunas zonas más pobladas, en detrimento de la más alejadas del radio urbano, como los barrios o las áreas semirrurales.

Otra curiosidad es que la sanción definitiva de esta norma se hizo esperar desde el 2012, cuando el actual senador justicialista presentó el proyecto respectivo durante su gestión como diputado.

Ahora, al decir del mismo legislador, “no está prohibido prestar la tarjeta Red Bus. Además, el Gobierno provincial debe garantizar que haya lugares suficientes para cargar la tarjeta y que las máquinas instaladas en los colectivos entreguen el comprobante correspondiente en el caso de realizarse un pago múltiple”.

Simultáneamente, Gustavo Arenas aclaró: “En ningún caso justificamos a quienes decidan no pagar el boleto y viajar gratis, porque ante esa situación les corresponde una sanción. Pero impartimos un poco de justicia al establecer una sanción acorde con la falta, ya que el arresto era exagerado y les complicaba aún más la vida a personas que actúan de buena fe al quedar imputadas, ya que eso, entre otros perjuicios, les impedía sacar el certificado de buena conducta para poder trabajar”.

Mendoza, martes 12 de diciembre de 2017

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