14 octubre, 2015. Opinión.

Hacia una política de Estado en materia de tránsito, transporte y seguridad vial



 

Por GUSTAVO ARENAS

Licenciado en Ciencia Política y Administración Pública

Presidente del  Bloque de Senadores PJ-Frente para la Victoria de la Cámara de Senadores de Mendoza.

Nota de opinión del año 2013, actualizada al 27 de agosto de 2.015.


 

No caben dudas de que el tránsito de personas y vehículos, tanto de pasajeros como de carga, es un elemento esencial en el desarrollo social y económico de toda comunidad; pero, correlativamente, así como el tránsito es un factor de desarrollo de la sociedad, también acarrea aspectos negativos como el congestionamiento, la contaminación ambiental y la siniestralidad, en tanto la circulación vial es un hecho generador de constantes riesgos para la ciudadanía.

La seguridad de las personas, amenazada como consecuencia de la circulación de automotores, es un tema inherente a las políticas públicas tanto en el orden nacional como provincial y municipal.

  1. La Seguridad Vial como una Política de Estado:

Desde siempre sostuvimos la necesidad de plantear la seguridad vial como una política de estado.

Consolidando este criterio, el Congreso de la Nación dictó en el 2008 la Ley N° 26.363 de Tránsito y Seguridad Vial, que creó la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, el Registro Nacional de Licencias de Conducir y el Observatorio de Seguridad Vial, transfirió el Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito al ámbito de la Agencia Nacional de Seguridad Vial e introdujo modificaciones a la Ley N° 24.449 de Tránsito.

Nuestra Provincia, mediante ley N°8.053/09, adhirió a la creación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial pero no a la ley N°26.363.

La política vial a nivel nacional, desde la sanción de la Ley 26.363 (año 2008) ha evidenciado resultados concretos: ya en el mes de julio de 2.011 el Instituto de Seguridad y Educación Vial (ISEV) informaba que la disminución de hechos graves provocados por inseguridad vial fue del 18% en todo el país, mientras que el índice de mortalidad por esa causa bajó el 16,7% y la morbilidad (lesiones graves) se redujo el 7,3%.

El 10 de junio –día de la Seguridad Vial en la Argentina- del 2013, ISEV efectuó una evaluación sobre la evolución de las principales Tasas (Siniestralidad y Mortalidad Vial) en los primeros cinco meses de los primeros TRES años del Decenio Mundial de la Seguridad Vial (2011 a 2013), y la conclusión general es positiva, aunque el problema sigue siendo muy severo y valen algunas reflexiones: En materia de Tasa de Siniestralidad Vial se observa una importante disminución entre idénticos períodos de 2011 y 2012, pero entre este último y el período enero – mayo de 2013, se aprecia un “rebote” que interrumpe la tendencia general de disminución.

Distinta es la consideración de la Tasa de Mortalidad Vial, donde la disminución se presenta constante entre los períodos considerados de los tres años (2011 a 2013). Y concluye que es necesario reforzar las políticas activas en materia de seguridad vial tanto en el Sector Público como Privado (en los órdenes nacional, provincial y municipal) si se quiere mantener primero y luego mejorar las variables.

Desde nuestro punto de vista entendimos que era altamente beneficioso para Mendoza adherir a la ley Nº 26.363, como ya lo han hecho Río Negro, Neuquén, Misiones, La Pampa, La Rioja, Jujuy, Formosa, Corrientes, Chaco, Chubut, Catamarca, Salta, San Juan, Santa Cruz, Santiago del Estero, Tucumán, Tierra del Fuego y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, situación que permitiría unificar la normativa de tránsito local con la del resto del país, razón por la cual en octubre de 2.011 presentamos ante la H. Cámara de Diputdos, una iniciativa legislativa en este sentido, proyecto de ley que tramita mediante el Expte. 60.247 y actualmente se encuentra en la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales; sin embargo, y a pesar del tiempo transcurrido, la provincia de Mendoza aún no ha adherido a la Ley Nacional Nº 26.363, en razón de la dificultad para lograr el consenso político con algunos sectores que plantean que implicaría una pérdida de autonomía para la provincia, planteo que no compartimos, en tanto el Poder Ejecutivo -de manera análoga a la hecho por otras provincias- se reserva el derecho a reglamentar la ley con el objeto de adecuar su aplicación al marco normativo de la provincia.

Esta adhesión depararía beneficios concretos, como la posibilidad de instalar en Mendoza sedes del Observatorio de Seguridad Vial y la Agencia Nacional de Seguridad Vial, obtener en nuestro territorio la licencia de conducir unificada y por puntos, acceder a nuevos recursos de infraestructura y operativos extras, movilidades terrestres y aéreas (helicópteros) para hacer los controles en las rutas nacionales 7 y 40, y consecuentemente reducir la tasa de siniestralidad como ya se ha hecho en el territorio nacional.

  1. La situación en Mendoza:

La realidad muestra que desde hace décadas no existe en nuestra provincia una política de Estado en materia de seguridad vial y que es creciente la siniestralidad en el tránsito, constituyendo unas de las principales causas de muerte para todos los grupos y edades; siendo uno de los obstáculos principales para las mejoras en seguridad vial, las estructuras político-administrativas fragmentadas que impiden formular políticas y estrategias de conjunto.

Desde diferentes sectores de la sociedad tanto públicos como privados, se plantean acciones como posibles soluciones: campañas de concientización, declaración de la emergencia vial, “conductor designado”, controles de fines de semana, concursos, “alcohol cero”, modificaciones a la legislación vigente; etc..

Sobre este último aspecto voy a detenerme brevemente, en tanto las modificaciones propuestas y efectuadas  a la Ley de tránsito 6082 (sancionada el 28/10/1993, B.O. 17/01/1994), desde todos los sectores políticos, evidencian que se percibe a esta norma –en el mejor de los casos- como insuficiente para regular semejante problemática.

Es así, que desde el año 1994 hasta la fecha (agosto de 2015), se sancionaron 29 leyes modificatorias de la ley 6082, es decir prácticamente un promedio de 3 modificaciones legislativas cada dos años.

En idéntico sentido, si efectuamos una análisis de las propuestas legislativas de modificación a la Ley 6082 (proyectos), nos encontramos con que en la H. Cámara de Diputados se presentaron desde el año 1994 a agosto de 2015, 159 proyectos vinculados a la ley de tránsito, de los cuales 143 eran directamente modificando dicho cuerpo legal; por su parte en la H. Cámara de Senadores, nos encontramos en el mismo lapso, con 156 proyectos, de los cuales 139 directamente tenían como objeto modificar la norma. Es decir, un promedio de 15 proyectos por año de modificación a la ley de tránsito.

  1. Algunas iniciativas:

Sin perjuicio de sostener que la solución definitiva pasa por la unificación legislativa y la implementación de una política de estado coordinada entre la Nación y Provincia, desde que asumí mi banca en la Cámara de Diputados en el año 2010, y posteriormente en el Senado a partir de mayo de 2014, he presentado varios proyectos tratando de aportar a la temática.

Así, partiendo de la base de que la educación es uno de los ejes esenciales para la seguridad vial, se presentó un proyecto -actualmente Ley 8.411- para crear el Programa de Prevención Vial para Escuelas. Su objetivo es contribuir a la disminución de riesgos de accidentes viales en las zonas donde hay edificios escolares, mediante la planificación y ordenamiento de los espacios externos en función de la seguridad vial, fundamentalmente mediante la refuncionalización de la señalización existente (recuperación de 300 semáforos escolares en desuso) y la educación de todos los protagonistas de la comunidad educativa.

Asimismo se propusieron medidas vinculas al transporte de pasajeros, como la implementación del “sistema de preembarque de equipajes y pasajeros” en la Estación Terminal de Ómnibus y un “plan de contingencias” para casos de emergencias (expediente N°56.388, proyecto de ley con media sanción de Diputados del 29/9/10).

Se planteó la necesidad de que el Poder Ejecutivo convocara al Comité de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial para solucionar la problemática de la congestión de vehículos en el Gran Mendoza (resolución N°456 del 7/7/10).

También se organizó, en agosto del 2010, la Jornada de Aportes para una Política de Estado en Materia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial (resolución N°629 del 11/8/10) en procura de comenzar a delinear una política de Estado que permita solucionar en forma definitiva y con una visión estratégica la problemática vial, asegurando la participación de todos los actores involucrados: Estado, usuarios, empresarios, trabajadores, especialistas y ONG. Se obtuvieron valiosas conclusiones y propuestas, coincidiéndose en que los caminos para mejorar la seguridad vial implican una planificación estratégica, con una coordinación unificada, especializada y multidisciplinaria; la efectiva aplicación de las regulaciones, el mejoramiento de la infraestructura vial  y fundamentalmente la educación.

En febrero de 2.012, convocamos al Comité de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial de la Provincia de Mendoza en el ámbito de la H. Cámara de Diputados (Resolución 1090 del 08/02/12), para  fijar las bases de una política conjunta en materia de tránsito, transporte y seguridad vial para el Gran Mendoza, época en la cual el tránsito vehicular en el Gran Mendoza se encontraba atravesando uno de los momentos más críticos, exacerbado no sólo por la mayor afluencia de vehículos, sino también por las obras viales que estaban ejecutando.

En marzo del 2012 propusimos la creación del “Programa de Seguridad Ferroviaria y Tranviaria” (actualmente Ley 8498), que tiene como principal objetivo disminuir los riesgos de accidentes ferroviarios y tranviarios, frente a la idea muy arraigada de que en Mendoza ya no circulaban trenes, cuando continúan circulando algunos trenes de carga, con el consecuente riesgo de accidentes que implicaba el hecho de haber perdido la cultura de la prevención vial en las zonas donde transita el ferrocarril, y la aparición de un nuevo protagonista como el Metrotranvía Urbano.

En octubre del 2012, presentamos un proyecto de ley (Expte. 62.808) que tiene como objeto establecer restricciones a la circulación de unidades de transporte de pasajeros de gran porte en determinados caminos, circuitos y áreas de la Provincia de Mendoza, en función a la estructura vial existente y las características vehiculares de las unidades en tránsito.

En mayo de 2010, creamos el “Concurso de Ideas y Proyectos Mendoza hacia el Bicentenario 2010-2016” (Resolución H. C. Diputados Nº 115/10), destinado a entidades sociales, organizaciones no gubernamentales, alumnos de EGB3, Polimodal, estudiantes Terciarios y Universitarios, y Profesionales, con el objetivo generar una canal de participación de la comunidad en el ámbito de la gestión pública: en el año 2013, el concurso tuvo como tema  “Educación y Seguridad Vial”, y contó con la participación de decenas de colegios que presentaron una enorme cantidad de propuestas, advirtiéndose la necesidad de los jóvenes de trabajar desde las escuelas en las mejoras de las prácticas de tránsito.

Desde la H. Cámara de Senadores (a partir de mayo de 2014) hemos persistido en la temática, en tal sentido, hemos tenido muy presente los aportes y el compromiso asumido en esta materia por las organizaciones no gubernamentales y establecimientos educativos, así, en marzo de 2014, declaramos de interés legislativo (Expte. 65.196) el programa “COMPROMISO VIAL POR MENDOZA” desarrollado por el “INSTITUTO BICENTENARIO” de políticas públicas, y que tiene como objeto difundir, concientizar y comprometer a los distintos usuarios de la vía pública, respecto de la necesidad y conveniencia de respetar las normas de tránsito.

En octubre de 2014, declaramos de interés legislativo (Expte. 65.778) la Diplomatura Universitaria “TRANSPORTE, DISEÑO Y SALUD PARA LA SEGURIDAD VIAL”, de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo, a través de la Sociedad Argentina de Evaluadores de Salud (SAES).

En agosto de 2015, (Expte. 66.659), otorgamos una Distinción Legislativa a los alumnos y docente del Espacio Curricular Economía Social, de la Escuela 4 – 204 “Ingeniero Miguel Natalio Firpo” del Distrito de Eugenio Bustos, Departamento de San Carlos, que participaron del Proyecto de Ordenamiento Vehicular del Distrito de Eugenio Bustos “Cuidando mi vida, cuido la de los demás”, el cual fue fundamento para el Dictado de la Ordenanza Nº 1512/14 del Honorable Concejo Deliberante de San Carlos, norma que ordena el tránsito vehicular en el Distrito Eugenio Bustos.

En julio de 2015, presentamos un proyecto de ley (Expte. 66.581) que tiene como objeto crear el “Programa Provincial de Asistencia a Víctimas de Accidentes de Tránsito”.

  1. La Agencia Provincial de Seguridad Vial:

Ahora bien, todas las ideas y proyectos que se presentan son acciones importantes pero insuficientes si el Estado no fija el marco político institucional.

Desde hace años, venimos planteando la necesidad de que nuestra provincia cuente con una política de Estado que permita la implementación de medidas de seguridad vial.

Planteábamos que desde dos direcciones (la de Tránsito y la de Vías y Medios de Transporte) se intentaba dar respuesta a tamaña problemática sin contar con los recursos necesarios y advertíamos la necesidad de instituir y jerarquizar organismos responsables provistos de los recursos necesarios, y proponíamos la creación de la Secretaría de Transporte y la Agencia Provincial de Seguridad Vial, que debían ser organismos altamente especializados, entendiendo que no era posible implementar una política de seguridad vial sin tener un transporte público de calidad que desalentara el uso del auto particular.

Esta prédica ha dado algunos frutos: en el 2011 se creó la Secretaría de Transporte, y a partir de la última Ley de Ministerios (Ley 8.637 del 30/12/13) se elevó al rango de Ministerio.

Ahora bien, uno de los principales obstáculos para las mejoras en seguridad vial, son las estructuras político-administrativas fragmentadas que impiden formular políticas y estrategias de conjunto; razón por la cual proponemos -intertanto alcanzamos la etapa de unidad normativa con el Estado Nacional y el resto de los Estados Provinciales- la creación de Agencia Provincial de Seguridad Vial de la Provincia de Mendoza (A.P.S.V.M.) que tendrá como objeto formular, evaluar y aplicar las políticas y medidas de seguridad vial en la provincia.

A tal efecto, en octubre de 2013 presentamos ante la H. C. de Diputados un proyecto de ley (Expte. 65.219) -con el cual hemos insistido ante la H. Cámara de Senadores (Expte. 65.719 del 29/09/2014)- que tiene como objeto la creación de la Agencia Provincial de Seguridad Vial de la Provincia de Mendoza. (A.P.S.V.M.), como organismo descentralizado en la órbita del Ministerio de Transporte, con autarquía económica financiera, personería jurídica propia y capacidad de actuación en el ámbito del derecho público y privado.

La Organización Mundial de la Salud (O.M.S.) en su “Informe mundial sobre prevención de los traumatismos causados por el tránsito” Ginebra, 2004 ha planteado la necesidad de identificar un organismo principal en el gobierno para guiar el esfuerzo de seguridad vial: “Recomendación 1: designar un organismo coordinador en la administración pública para orientar las actividades nacionales en materia de seguridad vial. Todos los países necesitan un organismo encargado de las cuestiones relativas a la seguridad vial que tenga autoridad y responsabilidad para adoptar decisiones, controlar los recursos y coordinar las actividades de todos los sectores de la administración pública, incluidos los sectores de la salud, el transporte, la educación y la policía… El organismo debería poner especial empeño en lograr la colaboración de todos los grupos interesados en la seguridad vial, incluso de la comunidad en general. La concientización, la comunicación y la cooperación es clave para establecer y sostener los esfuerzos nacionales en materia de seguridad vial…“.

El proyecto apunta fundamentalmente a elevar el grado de seguridad vial en Mendoza, a través de un organismo especializado que genere y coordine todas las acciones conducentes a disminuir los riesgos de accidentes de tránsito, mejorando los niveles de seguridad vial, promoviendo una cultura de respeto a la vida, propiciando el cumplimiento de las normas y la construcción de una Mendoza más segura.

Si bien, mediante decreto 153/2014 el Poder Ejecutivo provincial creó la “Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial” (UESV), entendemos que el marco legal adecuado para otorgarle los recursos, estabilidad y permanencia que requiere una verdadera política de Estado en materia de seguridad vial, es a través de la sanción de una ley, cuyo proyecto proponemos.

La creación de la “Agencia Provincial de Seguridad Vial de Mendoza”, a través de una ley, en un contexto integrador con los organismos locales, regionales y la Agencia Nacional, propiciará una gestión de mayor eficacia en la seguridad del tránsito.

Entendemos que la creación de esta unidad ejecutora especializada en políticas de Seguridad Vial, en un marco integrador con los organismos locales, regionales y la Agencia Nacional, propiciará  una gestión de mayor eficacia en la seguridad del tránsito.

Notas relacionadas